Qué puede hacer si no puede pagar los impuestos
Qué puede hacer si no puede pagar los impuestos

< iframe width =" 480" elevation =" 320" src =" https://www.youtube.com/embed/50iUidbEI5c?rel=0" frameborder =" 0" allowfullscreen >< img style =" float: left; margin:0 5px 5px 0;" src =" http://taxdr.org/wp-content/uploads/2021/06/FKS1cU.jpg"/ > Actualización sobre el coronavirus-- Impuestos: el 15 de julio es la nueva fecha límite para presentar y pagar sus impuestos. Síguenos en Facebook: https://www.facebook.com/LegalServicesofNewJerseyEspanol Si debe impuestos, usted tiene que enviar su pago junto disadvantage la declaración de impuestos a la renta antes del 15 de abril, o del lunes que le sigue, si es que la fecha límite cae en el fin de semana o un día feriado. Usted debe presentar una declaración incluso si no puede pagar los impuestos que adeude. Usted debe presentar una declaración incluso si no puede pagar los impuestos. Este vídeo analiza tres opciones para resolver la deuda tributaria, si no puede pagar sus impuestos. Una vez que presente su declaración, en la mayoría de los casos, el IRS tiene 10 años para tratar de cobrarle la deuda. Al last de los 10 años, por ley, el Internal Revenue Service no le puede cobrar la deuda. Si no puede pagar su deuda tributaria en el momento en el que envíe su declaración, tal vez haya otras formas de pagarla. Opciones para resolver la deuda tributaria: Si no puede pagar sus impuestos, tiene tres opciones: El acuerdo de pago. El aplazamiento temporal en la acción de cobro. El ofrecimiento de transacción. El acuerdo de pago es su primera opción. Si elige esta opción, usted estará pagando su deuda tributaria más los intereses hasta que la deuda se salde en su totalidad. Usted tiene que poder hacer un pago al Internal Revenue Service cada mes, por no más de 36 meses o tres años hasta que pague la deuda total. Si elige esta opción, pero después no puede hacer los pagos, debe ponerse en contacto disadvantage el Internal Revenue Service. Si no hace un pago, el IRS tal vez intentará cobrarle lo que debe. Pero, antes de que lo hagan, le enviarán notificaciones. Para solicitar un acuerdo de pago utilice el formulario IRS # 9465. El formulario está disponible en el sitio del IRS www.irs.gov. El aplazamiento temporal en la acción de cobro es su siguiente opción. Si no tiene dinero para pagar su deuda tributaria, pero espera tener con que pagar en el futuro, puede comunicarse disadvantage el IRS y pedir que a su cuenta se le ponga en un "aplazamiento temporal en la acción de cobro". Para poder recibir este estatus usted tiene que: Explicarle al Internal Revenue Service que, al last del mes, simplemente, no le queda dinero para pagar su deuda, y. para sustentar su reclamo, darle al Internal Revenue Service información acerca de su ingreso y gastos mensuales. Puede proporcionar esta información por teléfono o se le puede pedir que llene una hoja disadvantage información financiera conocida como el formulario 433-F. Si a su cuenta se le dio un aplazamiento temporal en la acción de cobro, el Internal Revenue Service no podrá tomar ninguna acción de cobranza contra usted en este momento por esta deuda como embargarle el sueldo o alguna cuenta bancaria que tenga. Tenga en cuenta que el saldo de la cuenta continua existiendo y acumulando intereses y multas. El Internal Revenue Service puede también presentar un derecho de retención aunque su cuenta en el momento se encuentra en "estado de aplazamiento temporal de cobranza". También, el Internal Revenue Service puede, en el futuro, retener cualquier tipo de reembolso que se le pueda adeudar a usted y aplicarlo a su antigua deuda. El Internal Revenue Service le enviará estados de cuenta trimestrales o anuales hasta que la deuda sea saldada o hasta que se cumplan 10 años. Un ofrecimiento de transacción es su última opción. Si usted cree que nunca podrá pagar la deuda, puede solicitar la opción del "ofrecimiento de transacción". Para solicitar esta opción, usted tiene que:. Presentar todas las declaraciones de impuestos por los últimos 6 años y convencer al IRS que probablemente nunca podrá pagar los impuestos que usted le debe. Debido a que el IRS está de acuerdo en perdonarle la deuda, estos, examinarán cuidadosamente su situación financiera, educación, historial laboral y salud. Para ello, el IRS, durante varios meses, investigará los estados de sus cuentas bancarias, la prueba de sus gastos de subsistencia e ingresos. Usted puede ofrecer un pago parcial de toda la deuda que tiene, y el IRS le perdonará el resto. Wrong embargo, sólo debe ofrecer una cantidad que se pueda costear. Si tiene que pagar impuestos y en el momento en que presenta su declaración no puede pagarle al IRS, llame al consultorio tributario de los Servicios Legales de Nueva Jersey en la línea directa gratuita de los Servicios Legales de Nueva Jersey, 1-888-576-5529 para que se le brinde asistencia gratuita. Visite http://www.lsnjlaw.org, donde encontrará más vídeos y publicaciones referentes a varias áreas del derecho, o http://www.lsnj.org para obtener más información acerca de los Servicios Legales de Nueva Jersey. Twitter: https://twitter.com/LSNJEE. Facebook: https://www.facebook.com/LegalServicesofNewJerseyEspanol